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Certificado energético en el IVIMA

Si usted quiere alquilar su piso por el IVIMA, es obligatorio presentar el Certificado energético en el IVIMA.

El IVIMA, exige la presentación del certificado energético para la gestión del alquiler.

Para Alquilar la vivienda, debemos tener en cuenta: y para pedir un precio por la vivienda habrá que tener en cuenta la localización, la zona, las comunicaciones, mobiliario, servicios contratados, estado, las vistas, la calificación energética, y la antigüedad del edificio.

 La Letra energética es importante a la hora de alquilar, por eso debe contratar a empresas competentes y profesionales.

Quiero Alquilar mi piso por el IVIMA…

La Comunidad de Madrid  a través del Plan Alquila y la bolsa Joven de Alquiler para menores de 35 años, pone a disposición de los ciudadanos un servicio integral  para  facilitar el proceso del alquiler, que va desde la búsqueda de vivienda hasta la resolución de contrato.

Una vez que hemos llegado a un acuerdo con el propietario, ya sea de forma privada o a través de un programa de alquiler, se procede a la firma del contrato. Este contrato será el vínculo entre el arrendador y el arrendatario, y deberá contener la identidad de los contratantes (arrendador y arrendatario), identificación de la finca, duración, renta inicial y demás cláusulas pactadas.

En la formalización del contrato de alquiler de vivienda es obligatorio que el inquilino haga entrega de una fianza equivalente a una mensualidad. El propietario deberá depositar la fianza en el IVIMA, y el inquilino a su vez, deberá abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

 Ayudas al alquiler

Existen diferentes tipos de ayudas al arrendamiento así como ventajas fiscales. El inquilinopodrá deducirse las cantidades que abona en concepto de renta en la declaración del IRPF.Acceda a la información detallada a través de fiscalidad por el alquiler de vivienda para el inquilino>

Además de la deducción fiscal, existen otros tipos de ayudas directas en forma de subvención. Aquellos inquilinos menores de 30 años que solicitaron la Renta Básica de Emancipaciónantes de 31 de Diciembre de 2011, podrán seguir disfrutándola mientras cumplan los requisitos y hasta que sean efectivas las nuevas líneas de ayudas, del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.

Consulta  toda la información sobre los requisitos y modo de acceder a la mismas en el apartado de ayudas al alquiler para inquilinos>

También el arrendador de la vivienda puede acogerse a determinados beneficios fiscales por el arrendamiento . Entre otros, se aplicará un 60% de reducción del rendimiento neto del alquiler en la declaración del IRPF  pudiendo llegar al 100% si el inquilino tiene una edad comprendida entre 18 y 30 años.

Puede consultar la información detallada y modo de acceder a las mismas a través de  fiscalidad por el alquiler de una vivienda para el propietario.

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